La interseccionalidad es una categoría de análisis que se refiere a la multiplicación de desventajas y discriminaciones que se dan en una misma situación. Esta perspectiva permite abordar los problemas desde un punto de vista integral, evitando reducir las conclusiones a simplificaciones. Por ejemplo, una persona puede sufrir discriminación por ser adulta mayor, por ser mujer, por tener alguna discapacidad o por vivir en una situación de pobreza; estas formas de desigualdad pueden convivir en una sola persona, lo que la hace más vulnerable. Esto se conoce como discriminación múltiple, concepto que fue definido por primera vez en el 2001, en la Conferencia de Naciones Unidas contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y la Intolerancia, celebrada en Sudáfrica.
La CEDAW, a través de su Recomendación General N° 25, reconoce que las mujeres tienen que enfrentar distintos tipos de discriminación por diferentes razones, tales como la raza, el origen étnico, la religión, la incapacidad, la edad, la clase o la casta. Debido a esto los Estados Partes deben adoptar medidas especiales para eliminar estas formas múltiples de discriminación y los efectos negativos que generan.
Desde el punto de vista de la interseccionalidad es posible entender cómo se generan y se acumulan los privilegios o las desigualdades en distintos ámbitos. Esto implica una mayor responsabilidad para los Estados Partes al momento de diseñar programas y políticas públicas para combatir estas desigualdades, teniendo en cuenta todos los componentes involucrados. Así mismo, es importante tener presente que los modelos de género siempre han contribuido a profundizar las desigualdades entre hombres y mujeres; por lo tanto es necesario pensar en políticas integrales para lograr una verdadera equidad entre hombres y mujeres.